Cambio de nombre de vehículo: ¿original o fotocopia para impuesto de circulación?

El cambio de nombre de un vehículo es un trámite necesario cuando se realiza una transferencia entre particulares. Este proceso implica realizar una serie de pasos y presentar la documentación correspondiente. Uno de los aspectos importantes a tener en cuenta es el impuesto de circulación, el cual debe estar al día para poder realizar el cambio de titularidad. En este artículo, te explicaremos si es necesario presentar el original o una fotocopia de este impuesto durante el trámite.

El contenido de este articulo

¿Cómo hacer el cambio de nombre de un coche entre particulares?

Antes de entrar en detalles sobre el impuesto de circulación, es importante entender cómo se realiza el cambio de nombre de un vehículo entre particulares. Este proceso puede llevarse a cabo en una gestoría o directamente en el servicio de registro civil y la institución autorizada. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Rellenar el contrato de compra-venta: Tanto el comprador como el vendedor deben completar este contrato, quedándose cada uno con una copia y generando otra para presentar en el registro de vehículos motorizados o en la gestoría. Es fundamental que se incluyan la fecha y la hora para evitar problemas futuros.
  2. Presentar la documentación obligatoria: Es necesario contar con una fotocopia de la cédula de identidad tanto del vendedor como del comprador (DNI / NIE). Además, se deben presentar la Tarjeta de ITV o ficha técnica, el permiso de circulación y una fotocopia de ambos documentos.
  3. Rellenar la solicitud del cambio de titularidad de la DGT: Este documento puede obtenerse en el servicio de registro civil. Dependiendo de la antigüedad del vehículo y la comunidad en la que se encuentre el comprador, es posible que se deba rellenar el modelo 620 para pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales.
  4. Pedir un informe de la DGT: Aunque no es obligatorio, es recomendable solicitar un informe de la Dirección General de Tráfico para verificar que el vehículo no tiene incidencias.

Una vez completados estos pasos, se puede proceder a realizar el cambio de titularidad en las oficinas de Tráfico. Si se elige realizar el trámite por cuenta propia, es necesario pagar el impuesto en la institución autorizada (Hacienda) antes de presentarse en Tráfico. Si se opta por una gestoría, el proceso puede ser más costoso, pero se evita acudir a Hacienda y a las oficinas de Tráfico.

¿Qué ocurre si el vehículo tiene pendiente el impuesto de circulación?

El impuesto de circulación, también conocido como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), es un tributo municipal que debe ser pagado por el propietario del vehículo. Este impuesto se devenga el 1 de enero de cada año, independientemente de si el vehículo circula o está guardado en un garaje. Por lo tanto, es responsabilidad del propietario pagar este impuesto. Si el vehículo tiene pendiente el pago del impuesto de circulación, no se podrá realizar la venta o cambio de titularidad.

Tener en cuenta que, aunque se venda el vehículo el día 2 de enero, el impuesto correspondiente a ese año sigue siendo responsabilidad del propietario original. Por lo tanto, es recomendable negociar este concepto en el precio de venta y entregar al comprador el justificante de pago para que quede constancia de que no tendrá que pagarlo nuevamente hasta el año siguiente.

El impuesto de circulación se paga en los Ayuntamientos, quienes se encargan de la gestión, liquidación, inspección y recaudación de este impuesto. Por lo general, el período voluntario de pago se extiende desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, aunque puede variar dependiendo del municipio.

¿Cuál es el costo del impuesto de circulación?

El costo del impuesto de circulación varía dependiendo de la potencia del vehículo, el tipo de vehículo y la contaminación que emite. Cada Ayuntamiento tiene la libertad de establecer la tarifa definitiva, lo que puede generar diferencias de pago entre distintas localidades. Por ejemplo, el propietario de un turismo de 11 CV pagará 17,04 € en Melilla, mientras que en San Sebastián pagará 85,78 € por el mismo vehículo.

No pagar el impuesto de circulación genera una deuda municipal, la cual puede acumularse y convertirse en una multa de tráfico. Si la deuda supera los 500 euros, el Ayuntamiento puede embargar el vehículo u otros bienes del propietario para saldar la deuda.

Es importante destacar que los vehículos eléctricos no están exentos de pagar el impuesto de circulación, aunque la mayoría de las ciudades aplican descuentos significativos para los conductores de este tipo de vehículos.

El cambio de nombre de un vehículo entre particulares implica realizar una serie de trámites y presentar la documentación correspondiente. Durante este proceso, es necesario tener al día el impuesto de circulación. Si el vehículo tiene pendiente el pago de este impuesto, no se podrá realizar la transferencia de titularidad. Es responsabilidad del propietario original pagar el impuesto correspondiente al año en curso, incluso si vende el vehículo a principios de año. El impuesto de circulación se paga en los Ayuntamientos y su costo varía dependiendo del municipio y las características del vehículo. Los vehículos eléctricos no están exentos de pagar este impuesto, aunque suelen recibir descuentos significativos en algunas ciudades.

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